LA DEMOCRACIA EN ESPAÑA: ELECCIONES LOCALES Y AUTONÓMICAS 2011
1.Quién tiene derecho a voto en estas elecciones.
-Todos lo españoles mayores de edad
-Españoles residentes en el extranjero. Los españoles residentes temporalmente en el extranjero pueden votar en todos los procesos celebrados. Los españoles residentes permanentemente en el extranjero (CERA) solo pueden votar en las elecciones a Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y a Asambleas de Ceuta y Melilla.
-Ciudadanos de la Unión Europea residentes en España. Para figurar en las listas electorales, requisito imprescindible para poder votar, deben estar inscritos en el censo electoral .
-Ciudadanos de países con Acuerdos de reciprocidad .Los ciudadanos de dichos Estados, residentes en España, pueden votar en las elecciones municipales y en las elecciones a órganos de entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio (EATIMS),siempre que estén inscritos en el censo electoral municipal.
-Ciudadanos de países con Acuerdos de reciprocidad .Los ciudadanos de dichos Estados, residentes en España, pueden votar en las elecciones municipales y en las elecciones a órganos de entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio (EATIMS),siempre que estén inscritos en el censo electoral municipal.
2.Qué formaciones pueden presentarse para ser elegidos sus candidatos.
-Los partidos y federaciones inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.
-Las coaliciones constituidas que así lo hayan comunicado a la Junta Electoral correspondiente, en los 10 días siguientes a la convocatoria (entre los días 30 de marzo y 8 de abril) haciendo constar la denominación de la coalición, las normas por las que se rige y las personas titulares de sus órganos de dirección o coordinación.
-Las agrupaciones de electores que reúnan los requisitos establecidos.
3.En qué comunidades autónomas se celebran elecciones el 22 de mayo.
El 22 de mayo de 2011 se celebrarán elecciones locales en todo el territorio nacional, elecciones a las Asambleas de Ceuta y Melilla y elecciones a Cabildos Insulares Canarios. Estas elecciones coincidirán con otros procesos electorales convocados por los respectivos Gobiernos autonómicos:
· Elecciones a Asambleas Legislativas en trece Comunidades Autónomas: Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla
· La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y la Comunidad Valenciana (no celebran Elecciones a Asambleas Legislativas en Andalucía, Cataluña, Galicia y el País Vasco).
· Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza.
· Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Guipuzkoa.
· Concejos de Navarra.
· Consejo General del Valle de Arán.
· Elecciones a Entidades Locales Menores Autónomas de Andalucía
· Elecciones a Entidades Locales Menores de Extremadura
· Elecciones a Entidades Locales Menores de la Comunidad Valenciana
3.Cómo se vota por correo
El elector que quiera votar por correo debe hacer lo siguiente:
Ir – una vez convocadas las elecciones y hasta el 12 de mayo de 2011- personalmente y con su D.N.I., a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo.
Rellenar y firmar el impreso de solicitud. El funcionario de Correos comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá fotocopia del DNI.
Los servicios de Correos remitirán toda la documentación a la Oficina del Censo Electoral. Ésta anota en las Listas del Censo que se ha solicitado votar por correo -de modo que YA NO PUEDA VOTAR PERSONALMENTE- y remite al elector por correo certificado al domicilio que le haya indicado o, en su defecto, al que figure en el Censo:
· Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones y un sobre de votación,.
· el certificado de inscripción en el censo.
· un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar.
· una hoja explicativa.
Esta documentación también debe ser recogida personalmente por el elector previa acreditación de su identidad.
El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales.
5.Qué hace quién .Órganos que velan por la transparencia del proceso electoral.
*Juntas Electorales Provinciales(JEP) y Juntas Electorales de de Zona(JEZ):
Las JEP y JEZ se constituyen para cada proceso electoral.
Les corresponde, dentro de su ámbito territorial,resolver las quejas y reclamaciones que les ditijan de acuerdo con las Ley Orgánica del Régimen General(LOREG).
Existe una JEP en cada provincia y una JEZ en cada partido judicial.
*Junta Electoral Central:
La Junta Electoral Central es el órgano superior de la Administración Electoral y es el único permanete en la misma,que tiene entre otras competencias:
-Dirigir y supervisar la actuación de la OCE.
-Cursar instrucciones a las JEP y resolver sus consultas,unificando criterios.
-Resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan.
-Velar por el cumplimiento de las normas relativas a las cuentas y a los gastos electorales por parte de las candidaturas.
-Ejercer potestad disciplinaria sobre todas las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales.
-Aprobar a propuesta de la Administración del Estado o de la Administración de las CCAA los modelos de actas, etc.
*Mesas electorales:
Se constituyen solo el día de la elecciones y están constituidas por ciudadanos/as elegidos por sorteo entre los censados en la sección correspondiente.
Tienen entre otras funciones:
-Comprobar que el local electoral reúne las condiciones necesarias para poder celebrar el acto.
-Presidir la votación y hacer guardar el orden en el local electoral.
-El inicio y el cierre de la votación así como el escrutinio y finalmente la entrega de la documentación electoral al Juzgado de Primera de Paz y a Correos.
Órganos encargados de la gestión electoral:*Ministro del Interior. Dirección General de la Política Interior:
Le corresponde la organización general de los procesos electorales del ámbito estatal(Elecciones Europeas,Generales,Municipales y Referéndums).
Entre sus competencias se encuentran:
-Las relaciones con la Administración Electoral.
-La gestión de las relaciones con los Órganos compententes de las Comunidades Autónomas en materia electoral.
-La coordinación con las Unidades dependientes de otros Ministros.
-Información de Partidos Políticos.
-El Registro de Partidos Políticos.
-La financiación pública de los partidos políticos.
*Oficina del Censo Electoral. Ministro de Economía y Hacienda:
Es el órgano encargado de la información y actualización del censo electoral. Está encuadrada en el instituto Nacional de Estadística(Ministro de Economía y Hacienda) y ejerce sus competencias bajo la dirección y supervisión de la Junta Electoral Central.
Entre sus competencias se encuentran:
-Coordinar y supervisar el proceso de elaboración del censo electoral.
-Controlar y revisar de oficio las altas y bajas tramitadas por los órganos competentes y elaborar un fichero nacional de elecciones.
-Eliminar las inscripciones múltiples de un mismo elector que no hayan sido detectadas por los Ayuntamientos y Consulados.
Y otras funciones con ocasión de cada proceso electoral.
*Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación:
Este junto a Correos y la Oficina del Censo Electoral, tiene la función de hacer efectivo el ejercicio del derecho de sufragio de los españoles en el extranjero.
*Correos y Telégrafos:
Sus competencias básicas desde el punto de vista de la gestión del proceso(además de los envíos de propaganda electoral de los partidos) están referidas al ejercicio efectivo del voto por correo, tanto nacional como internacional, en su caso, así como el del personal embarcado que toca puerto en territorio nacional.
*Ayuntamientos:
Son los encargados de la gestión del proceso electoral a nivel local(relación con Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y con las Consejerías competentes de las Comunidades Autónomas;almacenamiento de material;señalización de los colegios electorales;confección de las papeletas de las elecciones municipales).
*Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno:
Realizan importantes funciones electorales en su respectivo ámbito territorial, en estrecha colaboración con el Ministro del Interior,entre las que se encuentran las tareas de seguridad,logítica electoral, almacenamiento y remisión de la información relativa al escrutinio provisional de los resultados.
Quién puede presentar candidaturas en el proceso electoral:
*Partidos Políticos y Federaciones:
Son asociaciones de carácter privado inscritas como tales en el Registro de Partidos Políticos dependiente del Ministro del Interior.
*Coaliciones Electorales:
Son formaciones de carácter temporal. Constituidas por partidos y/o federaciones, cuya finalidad es la de presentar candidaturas en un proceso electoral concreto.
*Agrupaciones de Electores:
Son formaciones políticas que se constituyen con el aval de un número variable de firmas de electores de la circunscripción correspondiente, y sólo y exclusivamente para poder presentar candidatura en un proceso electoral concreto y determinado.
Sujetos que deciden el proceso electoral:*Los electores:
Son electores en unas Elecciones Locales los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral de residentes en España y que no se hallen privados de su derecho de sufragio, los nacionales de otro país de la Unión Europea que residen en España y hayan manifestado su voluntad de participar y los ciudadanos de países extranjeros con los que haya suscrito convenio de reciprocidad,estén empadronados en un municipio español y hayan manifestado su voluntad de votar en España.
*Votantes:
Los electores se convierten en votantes desde el momento en que votan. En España el voto es voluntario. Nadie puede ser obligado ni condicionado a votar.
Quien informa sobre el proceso electoral:*Ministerio del Interior:
Informa sobre el proceso y sobre los resultados provisionales, principalmente a través de las campañas institucionales, de su página web y de las ruedas de prensa que, junto con la Secretaría de Estado de Comunicación, se ofrecen durante el fin de semana electoral.
*Medios de Comunicación:
(Televisiones públicas y privadas,radios,prensa escrita,periódicos digitales,etc.)emiten las campañas institucionales y organizan amplios despliegues para informar sobre el proceso electoral, las actividades de las formaciones políticas que concurren, el operativo electoral y los resultados electorales.
Quien vela por la seguridad del proceso:*Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado:
*Cuerpos de Seguridad Autónomos.
*Policía Local.
Otros sujetos que intervienen en el proceso:*Ministro de Defensa:
Participa en el proceso electoral facilitando el voto del personal de las Fuerzas Armadas embarcado o en situaciones excepcionales vinculadas con la defensa nacional y en misiones internacionales.
*Secretaría General de Instituciones Penitenciarias(Ministerio del Interior):
Participa en el proceso electoral facilitando el voto de los internos en centros penitenciarios que no hayan sido privados del ejercicio del derecho de sufragio.
*Representantes de la Administración:
Son las personas designadas por la Administración para estar durante todo el día en una Mesa electoral y recoger la información relativa a la apertura de las mesas, datos de participación y resultados electorales.
*Apoderados e Interventores:
Apoderado:
Persona mayor de edad, en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, que representa a un partido político en todos los actos y operaciones electorales.
Interventor:
Es el representante de la candidatura ante una Mesa electoral.
*Secretarios de los Ayuntamientos:
Son los Delegados de la Junta Electoral de Zona y actúan bajo la estricta dependencia de la misma. Colaboran en logística electoral y la supervisión de los colegios electorales.
6.Analiza los resultados electorales de 2007 en tu pueblo.
Escrutado 100%
Total votantes | 2.225 | 76,22% |
Abstención | 694 | 23,78% |
Votos nulos | 30 | 1,35% |
Votos en blanco | 47 | 2,11% |
Concejales a elegir 11
Candidaturas | Votos | ||
UT-LV2007 | 1.006 | 45,83% | |
PSOE | 722 | 32,89% | |
212 | 9,66% | ||
PP | 208 | 9,48% | 1 |
7.Mira en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga qué listas se presentan en Villanueva del Rosario y quienes las componen.
PP:
1.Salvador Gonzalez Valencia.
2.Juan Manuel Vegas Gonzalez
3.Noelia Molero Vegas
4.María del Mar Báez Corrales
5.Miguel Angel Godoy Marín
6.Carolina Ruiz Repiso
7.Sergio Ortigosa Torres
8.María Josefa Fernandez Paredes
9.Manuel Curiel García
10.María José Luque San Martín
11.Antonio Salazar Molina
Suplentes:
1.Juana Mudarra Blanco
2.Diego Luque Padilla
3.Alejandra Lávaro García
4.Jacinto Lávaro Rodriguez
5.Lucio Repiso Córdoba
6.Josefa Moreno Tallón
7.Jose Juan Antonio Lara Luque
PSOE:
1.Jose Antonio Gonzalez Vegas.
2.Inmaculada Pascual Martín
3.Juan Francisco Gonzalez Lorca
4.Sonia Calvo Gutierrez
5.Juan Manuel Cáceres Gonzalez
6.Bruno Antonio Garcia de Cozar
7.Carlos Manuel Rodriguez García
8.María Dolores Serrán Carneros
9.María Isabel Moreno Godoy
10.Conrado García Vegas
11.María Jesús Díaz Arjona
Suplentes:
1.Francisco Jesús Rico Ramos.
2.Francisco José Gonzalez Vegas
3.Ana Isabel Jimenez Cruz
4.Rocio Salazar Villodrez
IU:
1.Miguel Ramos García
2.Ana Violeta Godoy Carneros
3.Dolores Toledano Muñoz
4.Eduardo García Ardila
5.Antonio Sanchez Prieto
6.Antonio Villodres Molina
7.Miguel Muñoz Molina
8.Juana Rosario Luque Vegas
9.Carmen María Lara Fernandez
10.José Gonzalez Muñoz
11.Rosario Romero Ruíz
Suplentes:
1.Jose Manuel Godoy Carneros
2.Rosalia Ramos Carneros
3.Jordi Vegas Perez
A.S.R:
1.Juan Ramon Díaz Moreno
2.Francisco Enrique Ortigosa Molina
3.Susana Muñoz Gutierrez
4.Amparo Villodres Navas
5.Juan Carlos Muñoz Gutierrez
6.María Pilar Romero Rico
7.Alejandro Muñoz Pelaez
8.Sandra Muñoz Rivera
9.Elias Serrán Porras
10.Francisco Javier Vegas Vargas
11.Rosario Isabel Molina Muñoz.
LV-2011:
1.Diego Miguel Gonzalez Ruíz
2.Ricardo Martín Salazar
3.Inés Martín Carneros
4.Francisco Vegas Cano
5.María del Carmen Requero Peralta
6.Francisco Martín Repiso
7.María Isabel Briasco Bermúdez
8.Jose Antonio Molina Sedano
9.Luis Arjona Jimenez
10.Veronica Cristina Salazar Martín
11.Jose María Cordoba Jimenez
Suplentes:
1.Antonio Salazar Vallejo
2.María del Rosario Cozar Moreno
3.Isabel Perez Escamillas
4.Miguel Ruíz Sanleón
8.Realiza una entrevista a un candidato (da igual en qué puesto de la lista vaya a las elecciones).
Hemos decidido entre todas, entrevistar a Dolores Toledano Muñoz, concejala de IU.
- ¿Porque decidiste presentarte a concejal?
Porque el pueblo necesitaba un cambio.
-¿Cuales eran las principales propuestas del partido? Saneamiento del pueblo y trabajar sobretodo, contra la corrupción.
- ¿Cuanto tiempo crees que, hubieras dedicado a tu labor como Concejal; si fueras sido elegido?
Todo el tiempo que fuera sido necesario.
- ¿Que requisitos cree que tiene que tener una persona para presentarse o para ser un buen concejal?
Ante todo transparencia, humildad y dedicación
- ¿Como han sido tus anteriores años en la política?
Este año es el primero que he decidido presentarme como concejala, aunque no hayamos salido elegidos.
- ¿Por que deberíamos haber votado a este partido?
Porque el pueblo necesitaba indispensablemente un cambio, y las propuestas eran; precisamente las adecuadas.
- ¿En que crees que beneficia este partido al pueblo?
Muchos y todos positivos. Entre ellos, destacaban la posibilidad de que los jóvenes tuvieran una formación adaptada para su futuro,y la mejoración de nuevas estructuras; como el mejoramiento de las aguas del campo de golf.
- ¿Porque decidiste presentarte a concejal?
Porque el pueblo necesitaba un cambio.
-¿Cuales eran las principales propuestas del partido? Saneamiento del pueblo y trabajar sobretodo, contra la corrupción.
- ¿Cuanto tiempo crees que, hubieras dedicado a tu labor como Concejal; si fueras sido elegido?
Todo el tiempo que fuera sido necesario.
- ¿Que requisitos cree que tiene que tener una persona para presentarse o para ser un buen concejal?
Ante todo transparencia, humildad y dedicación
- ¿Como han sido tus anteriores años en la política?
Este año es el primero que he decidido presentarme como concejala, aunque no hayamos salido elegidos.
- ¿Por que deberíamos haber votado a este partido?
Porque el pueblo necesitaba indispensablemente un cambio, y las propuestas eran; precisamente las adecuadas.
- ¿En que crees que beneficia este partido al pueblo?
Muchos y todos positivos. Entre ellos, destacaban la posibilidad de que los jóvenes tuvieran una formación adaptada para su futuro,y la mejoración de nuevas estructuras; como el mejoramiento de las aguas del campo de golf.
9.Consulta y comenta alguna página o blog de cualquier partido político local.
El Partido Político Local “Los Verdes” tiene un blog muy completo en el aparecen todas las reformas que ha llevado acabo los canditatos de este partido durante los años en los que han estado gobernando(medidas de ahorro energético.actividades culturales,creación y restauración de algunas infractruturas...)también aparecen otros datos como presupuestos y cuentas ,información sobre los candidatos e incluso un correo disponible para los vistantes del blog que quieran realizar sugerencias.
En mi opinión creo todo esto está muy bien sí...porque se muestra todo lo que este partido ha hecho a lo largo de estos años lo que demuestra que si vuelve salir elegido seguirá avanzando para la mejoría del pueblo .Pero ¿qué hará para mejorar el pueblo?
Creo que a lo que este blog le falta son las propuestas que llevará a cabo en los próximos años si vuelve a salir elegido.
10.¿Cómo se eligen a los concejales, o lo que es lo mismo, en qué consiste la ley de D'Hont?
La famosa Ley D’Hondt (más correctamente sería Sistema D’Hondt o Método D’Hondt) es el sistema matemático para «repartos propocionales»mediante el cual se atribuyen los escaños al parlamento a partir de los votos de los ciudadanos en las elecciones.
Matemáticamente, no hay ningún sistema perfecto para este tipo de cosas y se sabe que todos tienen sus ventajas y desventajas: unos favorece a las mayorías, otros a las minorías, etcétera. De modo que como dice el tópico tal vez simplemente sea «el menos malo».
El método consiste básicamente en ordenar de mayor a menor los votos obtenidos (en estas elecciones, sólo los que hayan conseguido más del 3% de los votos). Luego se van haciendo sucesivas divisiones entre 1 y el número de escaños de cada circunscripción territorial, para ir asignando los escaños de forma proporcional a los los votos.
11.¿Quién elige al alcalde?
La elección del alcalde en España es indirecta, según establece la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Los ciudadanos votan a los concejales, a través de listas cerradas y bloquedas, al igual que se hace para el Congreso de los Diputados. Análogamente, los concejales se distribuyen según la Ley D'Hont. Consiste en dividir los votos de cada candidatura por el número de puestos en juego para luego atribuírselos a los cocientes más elevados. Para obtener representación los partidos deben superar el 5% de los votos emitidos.
Veinte días después de las elecciones, es decir el 14 de junio según el calendario de este año, se constituyen los ayuntamientos, siempre que no haya impugnaciones pendientes. En esa sesión se elige al alcalde. Pueden postularse todos los cabezas de lista. Según establece el artículo 196 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, será elegido el que obtenga el apoyo de la mayoría absoluta de concejales. Y si no, «es proclamado alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el municipio».